Los impagos suponen el 70% de las denuncias en las Juntas Arbitrales
Las Juntas Arbitrales están consideradas como un órgano institucional rápido, práctico y gratuito de resolución de controversias jurídicas durante la relación contractual entre cargadores y transportistas. En ese sentido, no sorprende la afirmación realizada por María Bada, subdirectora general adjunta de Ordenación y Normativa de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento, destinada a elogiar la labor desarrollada por las Juntas Arbitrales que “están funcionando muy bien en las diferentes Comunidades Autónomas en las que están habilitadas” (todas menos Canarias).
María Bada recuerda que Fomento no tiene competencias en la labor diaria de las Juntas: “nos dedicamos a formar a los expertos y analizar de forma general su intenso trabajo. Las Juntas son cada día más utilizadas, demostrando que el sector sabe valorar una figura que es gratuita, que ayuda en controversias hasta 15.000 euros y que ha logrado que sus laudos sean respetados mayoritariamente por las audiencias provinciales”.Las declaraciones de la representante de Fomento han tenido lugar durante una jornada profesional organizada por la patronal de operadores logísticos UNO y el Centro Español de Logística. El acto ha servido para resaltar que en los últimos años las Juntas Arbitrales han conseguido afianzarse como la mejor forma de solventar conflictos contractuales entre cargador y transportista. Por este motivo, María Bada no deja de animar a los presentes a someterse a las Juntas en caso de pleito, insistiendo en su carácter gratuito, pero también asegurando que se ha “mostrado como una figura eficiente en pleitos internacionales. Estamos interviniendo en relaciones contractuales realizadas bajo el paraguas del CMR y nos están respetando en otros países el ejemplo más claro Italia”.
Fomento destaca que el impago es la controversia más abordada por las diferentes Juntas Arbitrales en un porcentaje que supera el 70%. “Sí están llegando pleitos de acción directa, aunque sobre esta cuestión hay que destacar que ha sido efectiva más como método de presión para que no se produzca el impago, y no como conflicto judicial”.
Según María Bada, en la mayoría de los casos se ha determinado que el que ha pagado una vez no tiene por qué pagar otra vez. Es decir, “responder por un posible impago de una empresa que haya subcontratado”. Por último, asegura que las Juntas Arbitrales se están utilizando también para solventar conflictos surgidos con los trabajadores autónomos calificados como TRADE (trabajadores autónomos económicamente dependientes).
TRADE y seguros
Las declaraciones de Bada sobre los TRADE ha dado respuesta a una afirmación del abogado Daniel Fernández de Lis, quien ha realizado una aproximación a los conflictos que siguen surgiendo entre transportista autónomo y empresa contratante cuando el primero desea ser considerado TRADE, “modificando una relación mercantil por otra laboral. Lo que no siempre es fácil de deducir”.
Fernández de Lis explica que ser TRADE en una relación contractual nueva es sencillo: “tener un contrato mercantil, disponer de tu vehículo y trabajar en exclusiva para una empresa el 75% del tiempo laboral, y la empresa que te contrata lo puede asumir con sus consecuencias. Es decir, no tiene por qué existir conflicto. La complicación surge cuando el transportista trabajaba también para otras empresas y de repente pierde esos clientes y pasa a ser dependiente de una sola compañía”. Fernández de Lis considera que esta situación es motivo de controversia y hay sentencias dispares y entiende que la empresa que le contrató cuando no era TRADE “no tiene por qué asumir ese cambio de su régimen empresarial”.