Nuevo norma sobre protección animal durante el transporte
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto que actualiza e integra en un sólo texto la norma sobre sanidad y protección animal en el transporte. La nueva normativa pretende hacer cumplir “los principios de unidad de mercado y de simplificación y eliminación de cargas administrativas innecesarias”.
El nuevo Real Decreto elimina la obligatoriedad de la aprobación del registro de actividad y establece, explícitamente, la validez en todo el territorio nacional de las autorizaciones y demás medios de intervención de las distintas autoridades competentes. Por otro lado, una mejora importante en relación a la anterior norma, se especifican los puntos de entrada por los que, posteriormente, se autorizará la llegada de los vehículos de transporte por carretera que provengan cargados o vacíos de terceros países, tanto con animales como con piensos.
Autorizaciones y sanciones
La nueva legislación refleja con claridad –y en su totalidad– todos los aspectos relacionados con las obligaciones de los transportistas que se especialicen en este tipología de servicio. Asimismo, también incluye todos los aspectos que afectan a cómo y de qué forma se consiguen las pertinentes autorizaciones de los medios de transporte, pero también de los contenedores en los que viajarán los animales.
Otro de los capítulos importantes del Real Decreto es que el que informa sobre los controles a los que se somete este tipo de transporte, como las correspondientes sanciones en caso de incumplir la normativa. Destacar que las sanciones se atienen a lo establecido en la Ley 32/2007, de 7 de noviembre o en la Ley 8/2003, de 24 de abril, sin perjuicio del resto de la normativa estatal o autonómica aplicable.
La nueva normativa sobre transporte de animales entrará en vigor el próximo mes de febrero de 2017, dos meses después de su publicación en el BOE. Destacar, que se han fijado dos excepciones importantes: los artículos 17 y 18, relativos a los puntos de entrada designados de vehículos de transporte por carretera, así como la prohibición de los mismos, que entrará en vigor en diciembre de 2017.