Portugal exige para el cabotaje un documento de control visado
Desde el pasado 15 de octubre todos los transportes que se realizan con origen y destino en Portugal deben ir amparados por un documento de control que previamente validará la Autoridad Tributaria lusa. Según informa Fenadismer, esta medida afecta tanto a los servicios realizados por transportistas portugueses como o a extranjeros en régimen de cabotaje.
Conforme a la nueva regulación establecida, antes de la realización de un servicio de transporte interior en Portugal, el cargador o expedidor de la mercancía deberá previamente comunicarlo a la Administración Tributaria (AT). Este organismo emitirá un código fiscal que deberá ser incorporado en el documento de control, denominado “guía de remessa”, que se facilitará al transportista que realice el servicio, y en el que figurarán todos los datos fiscales tanto del cargador contratante del servicio como del transportista.
Asimismo, en el caso de modificación de los datos referidos al servicio del transporte (fecha y hora de inicio del transporte, cantidad de la mercancía a transportar, lugar de descarga, etc.), éstos deberán ser comunicados electrónicamente a la Autoridad Tributaria.