El nuevo baremo sancionador motiva excesos en el tiempo de conducción
El exceso de conducción diaria en media hora ha pasado a ser una falta leve (antes era grave) desde la entrada en vigor del nuevo baremo sancionador que la nueva LOTT recoge en materia de tiempos de conducción y descanso. Este hecho está motivando que muchas empresas exijan a sus conductores realizar ese tiempo de más de forma continua, es decir el conductor está trabajando unos 30 minutos de más sin compensación económica. Esta cuestión, que preocupa de forma importante a los chóferes asalariados, fue el tema central de una jornada profesional sobre el tacógrafo digital organizada por la Fundación Corell.
La infracción, considerada de carácter leve, es complicada de detectar, ya que no se puede realizar en carretera, sino una vez que la empresa de transporte entrega los datos recopilados en el tacógrafo. Así lo reconoció Alicia Rubio, subdirectora General de Inspección del Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento, en su intervención en el foro: “es un hecho grave, aunque la sanción es leve, sí se está produciendo y en efecto sólo se podrá detectar cuando sean revisados los datos del tacógrafo. Por eso es importante que estos aparatos mejoren sus prestaciones, porque nos ayudará a realizar un mejor control de la actividad diaria del conductor”. Para Rubio, el hecho de que se tarde en detectar al infractor “no significa que no se le vaya a sancionar. No lo duden, tarde o temprano daremos con él”.
Plan de Inspección 2014
La reunión anual que el Ministerio de Fomento celebra para tratar el Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera reveló que los planes de inspección para el 2014 incluyen aspectos como el control de los servicios de transporte público al amparo de la correspondiente autorización, así como el que se hará sobre los servicios de transporte público ofertados en distintos medios (portales de cargas, internet, etc) o al amparo de autorizaciones de transporte privado, especialmente transporte de obras y transporte ligero de hasta 3’5 toneladas.
Asimismo, se controlarán especialmente a aquellas empresas de transporte de mercancías que no han efectuado el visado de sus autorizaciones en el año 2012; los excesos de peso; la manipulación del tacógrafo, especialmente en los cortos recorridos donde se ha detectado un mayor nivel de manipulación y el control de tiempos de conducción y descanso, teniendo en cuenta que en España existen 410.738 vehículos obligados a llevar tacógrafo, de ellos se controlarán en 2014 al menos 2.772.482 jornadas de trabajo, conforme a lo que obliga la Directiva europea.
La Administración ha comunicado que también se pondrá especial atención en revisar de qué forma y con qué medios se está realizando el transporte de mercancías peligrosas; el realizado por no residentes, así como el de conductores de terceros países y la cualificación inicial y formación continua de conductores.
Asociaciones empresariales
Las asociaciones profesionales explicaron que es necesario incrementar el control sobre el intrusismo en el sector de aquellas empresas que no han realizado el visado de las autorizaciones de transporte y continúen ejerciendo la actividad sin estar autorizadas para ello. Hicieron hincapié en la competencia desleal que realizan las empresas extranjeras que transportan en España en perjuicio de las empresas transportistas españolas, “muchas de las cuales son creadas por empresas españolas que se deslocalizan y establecen empresas filiales en países del Este de Europa por sus menores costes fiscales y sociales”, puntualizan.
En cuanto a los excesos de peso, para las empresas de transporte sería fundamental que se persiga en carretera, “eso sí, permitiendo al transportista un segundo método de comprobación cuando existan dudas fundadas sobre la comprobación inicial del exceso de peso, así como delimitar la exención de responsabilidad del transportistas cuando habiendo exceso de peso justifique que fue sin su conocimiento o acreditando un justificante entregado por el cliente con un peso inferior”.
Especial atención desean prestar al transporte ilegal con vehículos ligeros de hasta 3’5 toneladas sin autorización, especialmente en los ámbitos urbanos. Circunstancia ésta que es más fácil realizar al amparo de la reforma de la LOTT, aprobada el pasado mes de julio.