El Reglamento de Clasificación de Riesgos comenzará a aplicarse a las empresas de transporte españolas
Pocos transportistas conocen que el Paquete de Movilidad obliga, entre otras cuestiones, a que todos los estados de la Unión Europea apliquen en sus respectivos territorios una normativa comunitaria (Reglamento de Clasificación de Riesgos) encargada de medir los incumplimientos legales de las empresas de transporte de mercancías por carretera. Se trata de una medida que el Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible tiene intención de aplicar, aunque por el momento sin confirmación de fecha, desde finales de este año 2024.
Pero si alguien piensa que la medición de los niveles de riesgo es un trámite ideado por los burócratas de Bruselas que no afectará a su actividad diaria se equivoca, porque está previsto que estas valoraciones sean utilizadas por los servicios de inspección para en función del grado de riesgo determinar un mayor o menor seguimiento de empresas y vehículos.
En opinión de José Manuel Pardo, Director Técnico de Astic, “esta evaluación de riesgos permitirá que los servicios de inspección puedan concentrar sus esfuerzos en aquellas empresas que resulten peor paradas y al mismo tiempo también servirá para distinguir positivamente a las más cumplidoras con la ley”.
Cuestión de aritmética
La aplicación de este Reglamento Europeo 2022/695 tiene un doble objetivo. Por un lado las autoridades comunitarias se muestran decididas a priorizar la seguridad vial y laboral y por el otro se pretende asegurar una correcta competencia empresarial en el mercado europeo del transporte de mercancías por carretera.
A nivel español desde el Comité Nacional del Transporte (CNTC) y desde las organizaciones profesionales se exigirá al Ministerio de Transporte el máximo rigor, transparencia y consenso en la aplicación de esta nueva norma, contra la que no cabe ningún tipo de oposición puesto que se trata de un reglamento de ejecución que forma parte del Paquete de Movilidad aprobado en el verano de 2020.
Para conseguir sus objetivos el Reglamento 2022/695 establece una compleja fórmula aritmética, que será común para todos los países de la UE, cuya finalidad es determinar el grado de riesgo de las empresas de transporte, unos datos que serán homogéneos en el ámbito de la Unión Europea y que podrán ser compartidos por los servicios de inspección y control de cada país.
“En este sentido -afirma José Manuel Pardo– nos interesa que las autoridades españolas puedan conocer cuál es el nivel de riesgo de las empresas de transporte extranjeras que operan en nuestro país para que puedan actuar en consecuencia”.
La fórmula que mide el grado de riesgo de las empresas de transporte tiene en cuenta el número de infracciones cometidas, el grado de reiteración y gravedad de las mismas, el resultado de los controles realizados a los vehículos y a las instalaciones de las empresas y el número de vehículos con los que los transportistas ejercen su labor porteadora.
Finalmente, en los cálculos también se valora el hecho de que las empresas de transporte utilicen en todos sus camiones los tacógrafos inteligentes de segunda generación o que en las inspecciones y controles realizados no se haya detectado ninguna infracción.
Tres niveles de riesgo
El Reglamento 202/695 establece tres colores en función de la puntuación obtenida por las empresas de transporte. El color gris se reserva para aquellos operadores que no han sido sometidos a ningún control.
Los niveles de riesgo son:
-Bajo Riesgo: De 0 a 100 puntos (color verde).
-Riesgo Medio: De 101 a 200 puntos (color ámbar).
-Alto Riesgo: Más de 200 puntos (color rojo).
Esta puntuación es el resultado de la menor o mayor gravedad de las infracciones detectadas por los servicios de inspección y control y en este sentido el Reglamento de Clasificación de Riesgos establece cuatro niveles de valoración/puntuación:
-Infracciones Leves (MI): 1 punto.
-Infracciones Graves (SI): 10 puntos.
-Infracciones Muy Graves (VSI): 30 puntos.
-Infracciones Más Graves (MSI): 90 puntos.
Hay que anotar que la nueva normativa de riesgos establecerá una reducción en las valoraciones del 10% para aquellas empresas que utilicen tacógrafos digitales en sus vehículos y que las infracciones cometidas computarán en el cálculo del nivel de riesgo durante al menos dos años.
Por último, la nueva normativa que el departamento que dirige el ministro Oscar Puente tiene previsto aplicar en nuestro país a finales de este año, se alinea con la Directiva 2006/22/CE que establece los requisitos mínimos a la hora de realizar controles sobre jornadas de conducción y empresas.