Jubilaciones anticipadas: Todo lo que hay que saber de los acuerdos entre patronal y sindicatos
Las patronales del transporte por carretera y los sindicatos CCOO y UGT solicitarán al Gobierno la aplicación de los coeficientes reductores en la edad de jubilación de los conductores asalariados y de los transportistas autónomos que trabajan con vehículos de más de 3,5 toneladas de carga útil, un acuerdo que ha permitido desconvocar el calendario de paros anunciado por los representantes de los trabajadores.
Para CCOO y UGT la aplicación de coeficientes reductores en el transporte por carretera, una medida que ya existe en otros sectores laborales, como el aéreo o el ferroviario, permitiría que los conductores profesionales no tuvieran que permanecer al volante más allá de los 65 años.
Uno de los motivos que esgrimen los sindicatos para que el Gobierno acepte los coeficientes reductores en el transporte, es que la edad media de los conductores supera ampliamente los 50 años y que como muestran los estudios es a partir de los 55 años cuando se produce un fuerte incremento en los niveles de siniestralidad.
Como afirma Diego Buenestado, secretario general de Carreteras, Urbanos y Logística de FeSMC-UGT, “es inexplicable que con una media anual de 120 conductores profesionales muertos no se quiera reconocer la peligrosidad de esta profesión”.
Cuáles son los acuerdos
En las negociaciones mantenidas en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) sindicatos y patronal acordaron, además de iniciar el procedimiento administrativo de solicitud conjunta de anticipación de jubilaciones, suscribir un Acuerdo sobre Materias Concretas en materia de prevención de riesgos laborales y control de actividad con los siguientes puntos de interés:
-Incremento de los reconocimientos médicos. Este tipo de reconocimientos ya se encuentran contemplados en la normativa de prevención laboral y son obligatorios para los conductores profesionales.
-Controles de alcohol y drogas. Una vez desarrollados en detalle los protocolos de actuación las empresas estarán facultadas para realizar controles aleatorios con el fin de detectar el consumo de alcohol y drogas en sus plantillas de conductores.
-Reducción de las cotizaciones a la Seguridad Social. Patronal y sindicatos solicitarán una reducción de las cotizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para los conductores. Lo previsto es que estas cotizaciones pasen del 6,7% al 3,7% para aquellas empresas que establezcan planes de actuación que sirvan para disminuir la siniestralidad laboral o cuyos conductores no hayan sido responsables de ningún accidente grave durante el último año.
-Carnés de conducir. Los firmantes del acuerdo solicitarán el desarrollo de un sistema telemático para que las empresas de transporte y los empresarios autónomos que tengan la condición de empleadores puedan conocer si alguno de sus conductores asalariados se encuentran inhabilitados para conducir.
-Renovación de flotas. Se solicitarán subvenciones y ayudas para que las empresas de transporte puedan asumir la adquisición de nuevos vehículos que incorporen las últimas tecnologías en materia de seguridad.
-Formación. Se exigirá al Gobierno promover que la obtención de los permisos de conducir profesionales y la cualificación de los conductores pueda realizarse de una forma integrada, eliminando el actual requisito de estar en posesión de los permisos tipo C para poder iniciar la formación.
Además, sindicatos y patronal pedirán la implantación de un título de FP Grado Medio que habilite para la Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera y la obtención de los carnés profesionales.
-Contrato de relevo. Finalmente, se establece como medida transitoria la aplicación de los contratos de relevo, una fórmula que permitiría la jubilación parcial de los conductores profesionales.
Qué son los “coeficientes reductores”
En relación con los coeficiente reductores en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se puede leer que la edad de jubilación de los trabajadores puede verse rebajada o anticipada en aquellas actividades profesionales de naturaleza penosa, peligrosa, tóxica, insalubre o que acusen elevados índices de morbilidad y mortalidad.
Por otro lado, también se afirma que con carácter general la aplicación de los coeficientes reductores no puede permitir que los trabajadores accedan a la jubilación con edades inferiores a los 52 años.
Por ejemplo, si en el transporte por carretera se termina aceptando un coeficiente reductor del 0,10, ello supondría que aquellos conductores profesionales con 30 años de servicio (30 x 0,10) verían reducida en tres años su edad de jubilación.
¿Dónde está el problema de aplicar los coeficientes reductores en el transporte por carretera? Junto a la falta de trabajadores de relevo, el mayor obstáculo sería de índole económica puesto que las empresas tendrían que asumir un incremento de las cotizaciones a la Seguridad Social, que por otro lado son de las más altas de Europa.