Bruselas pretende igualar los requisitos de acceso para transporte ligero
La Unión Europea de Transportistas por Carretera (UETR) ha analizado en su asamblea general el nuevo paquete legislativo que la Comisión Europea pretende a publicar el próximo 31 de mayo. Entre las medidas se ha valorado la posible modificación del transporte ligero, modalidad que previsiblemente cambiará de forma sustancial. Así, según las intenciones de Bruselas, los titulares de vehículos de transporte de menos de 3,5 toneladas estarían sujetos a idénticos requisitos de acceso a la profesión y a la actividad que los titulares de vehículos pesados. Es decir, competencia profesional, capacidad económica, honorabilidad, establecimiento y limitación de cabotaje.
La UETR, organización representativa de las pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera de la que forma parte FENADISMER en representación de España, también ha abordado las novedades previstas en la regulación del cabotaje y el descanso semanal obligatorio en el domicilio.
Sobre el cabotaje, se da por hecho que el período máximo de días en que se podrá realizar transporte interior por las empresas en otro país de la Unión Europea (cabotaje) será reducido de los siete días actuales a un período de días inferior (en torno a tres días). Por lo que se refiere al descanso semanal obligatorio en el domicilio, se prevé que todo conductor que realice transporte internacional deberá obligatoriamente retornar a su domicilio al menos una vez al mes para realizar el descanso semanal.
No menos importante para el sector son las denominadas empresas “buzón” o empresas deslocalizadas. A partir del nuevo paquete legislativo, todos los estados miembros estarán obligados a controlar que las empresas transportistas establecidas en su país realicen una actividad real y con carácter principal en dicho país. Estarán obligados, además, los Estados miembros tanto de acogida como de establecimiento a cooperar entre sí facilitando todo tipo de información en un plazo máximo de obligado cumplimiento, a fin de permitir un mejor control de las mismas.
En cuanto a la regulación sobre conductores desplazados (salario mínimo), todo indica que la obligación de notificación previa y cumplimiento del salario mínimo para conductores desplazados de una empresa transportista a otro Estado miembro no se aplicará cuando el conductor se desplace un máximo de días al mes (en torno a cinco).
La UETR recuerda, asimismo, que una vez que la Comisión Europea publique el nuevo paquete legislativo, se iniciará la tramitación legislativa de las Directivas y Reglamentos europeos afectados por la propuesta de la Comisión Europea, estimando su definitiva aprobación y puesta en vigor en el plazo de 2 años.