Fomento eleva un 29% las ayudas al abandono de la actividad
El ministerio de Fomento destinará este año 2015 un total de 12,74 millones de euros en ayudas al abandono de la actividad para transportistas autónomos por carretera, lo que supone un significativo incremento del 29% sobre los 9,85 millones que presupuestó el pasado año 2014. Según recoge la resolución del pasado 23 de enero de la Secretaria de Estado de Infraestructuras y Transportes, publicada este pasado martes 3 en el Boletín Oficial del Estado, la edad mínima de solicitud se ha fijado en 63 años para los transportistas en los que no concurra causa alguna de incapacidad declarada.
Desde la gestoría Osettra, se recomienda preparar las solicitudes con suficiente antelación, ya que la fecha límite para presentarlas será el próximo 4 de marzo de 2015. “Es necesario aportar un número importante de documentación, entre ella certificados de la Agencia Tributaria o la Seguridad Social, por lo que aconsejamos no retrasar los trámites”, explican en Osettra. Finalizado este plazo, Fomento dispondrá de seis meses para resolver y publicar el resultado del reparto de las subvenciones.
Los requisitos para la solicitud de las ayudas son, en primer lugar, ser transportista autónomo de mercancías o viajeros dado de alta en este régimen en la Seguridad Social, de forma interrumpida, durante los últimos 10 años. Se permitirá, no obstante, una única interrupción por periodo no superior a tres meses. En segundo lugar, el transportista deberá tener una edad igual o superior a 63 años, pero también podrán solicitarla las personas que, con independencia de su edad, tengan declarada una incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.
Por otro lado, se requiere ser titular de forma interrumpida durante los últimos 10 años de un máximo de tres autorizaciones de transporte público, debiendo al menos una encontrarse vigente en el momento de la solicitud. Se permite una única interrupción por periodo no superior a tres meses. Por último, es obligatorio que el transportista no haya desaprovechado otras ayudas al abandono de la actividad en años anteriores.
Según se detalla en el anuncio del BOE, para el otorgamiento de las ayudas se tendrá en cuenta la “declaración de incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista y la mayor edad de los transportistas”. Asimismo, para la ponderación de dichos criterios en primer lugar se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista. En cuanto a los demás solicitantes se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada.
No suben las ayudas a la formación
Fomento también ha publicado las ayudas a la formación en relación con el transporte por carretera y las ayudas a las sociedades de garantía recíproca que operen en el sector del transporte por carretera. En el primer caso, el departamento que dirige Ana Pastor ha fijado una cuantía máxima para este año 2015 de 3,84 millones de euros, lo que supone un mantenimiento respecto al pasado 2014 a pesar de los anuncios de subida realizados por parte de responsables del ministerio.
El otorgamiento de estas subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva. Al igual que el caso anterior, el plazo de presentación de las solicitudes será hasta el próximo 4 de marzo y Fomento dispondrá de seis meses para resolver y notificar la resolución desde la fecha de publicación de la convocatoria. Para otorgar las ayudas se valorará en primer lugar el que el beneficiario sea miembro del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), destinándose a estas entidades la mayor parte de las cantidades disponibles. Un 10%, como mínimo, se otorgará a entidades que reúnan los requisitos necesarios y no pertenezcan a dicho organismo.
Dentro de cada uno de los dos grupos indicados se ponderarán la adecuación de los temas objeto de estudio al interés público del transporte por carretera y a las necesidades de formación del sector, con un total de 10 puntos. También se tendrá en cuenta el grado de representatividad o implantación de la entidad organizadora, con 5 puntos. La vinculación de la entidad al sector del transporte por carretera, también otorgará 5 puntos. El contenido concreto del curso, su duración y coste, supondrá 10 puntos. El volumen de las acciones formativas objeto de estas ayudas en ejercicios anteriores y la correcta ejecución de las mismas, así como el cumplimiento de las condiciones de otorgamiento en los citados ejercicios, darán otros 10 puntos para el computo general para lograr las ayudas.
En cuanto a las ayudas a las sociedades de garantía recíproca, Fomento concede una cuantía máxima de 450.000 euros a instituciones y entidades sin fines de lucro relacionadas con el transporte por carretera. El plazo para solicitar estas ayudas también finaliza el próximo 4 de marzo. Según las bases reguladoras, se otorgarán a todos los solicitantes que reúnan los requisitos exigidos, pero cuando la cantidad disponible no sea suficiente para otorgar a cada beneficiario 450.000 euros, se ponderará el volumen de operaciones realizadas con empresas del sector del transporte público por carretera en el año anterior, siendo la cantidad que se otorgue a cada solicitante proporcional a dicho volumen de operaciones.
Raul Mardones
febrero 10, 2015 @ 11:15 am
Queremos mas informacion con referencia a las diferentes ayudas que hay para autonomos del transporte saludos
Admin
febrero 10, 2015 @ 1:25 pm
Hola Rául. Te enviamos un correo electrónico.