Vía libre a los nuevos pesos y dimensiones en la UE
Una vez más, y ya son varias, los problemas del transporte de mercancías por carretera han pasado de “puntillas” en el último Consejo de Ministros de la Unión Europea, celebrado el pasado 5 de junio y al que asistió la ministra de Fomento, Ana Pastor.
Tras adoptar varias decisiones que afectan directamente al transporte de viajeros o a las tasas aeroportuarias, se tomó una única decisión que afecta al transporte de mercancías por carretera. Decisión que, por cierto, tampoco implica una gran novedad por cuanto ya se venía comentando desde hace meses.
Nuevos pesos y dimensiones
Y es que lo único que ha decidido el Consejo es formalizar el acuerdo que ya existía entre los Estados miembro para modificar la Directiva 96/53, por la que se establecen, para determinados vehículos pesados que circulan en la Comunidad, las dimensiones máximas autorizadas en el tráfico nacional e internacional y los pesos máximos autorizados en el tráfico internacional.
Tomando como partida la propuesta que realizó en su momento la Comisión Europea, que propuso modificar esta directiva con el fin de mejorar la aerodinámica de los vehículos y su eficiencia energética, a la vez que proseguir en la mejora de la seguridad vial, el Consejo permitirá la modificación de los pesos y dimensiones de los vehículos pesados. Eso sí, siempre que ello lo permita “los límites impuestos por la geometría de las infraestructuras de carretera”, puntualiza.
Recordamos que la modificación que plantea el Consejo, al igual que el Ministerio de Fomento, afecta a los denominados “trenes de carretera”, así como a la altura de los vehículos industriales que podrá ascender a 4,5 metros. En ningún caso se refiere a las 44 toneladas, que en el caso de Europa deja en manos de cada país, mientras que España ha descartado de momento su aprobación.
También se permitirán nuevos diseños de cabinas, siempre que éstos estén orientados por un lado, a mejorar la seguridad y la comodidad del conductor profesional. Por otro, a que lograr una mayor eficiencia durante la conducción –menos resistencia al aire-, lo que influye directamente en el ahorro de combustible.
Por otro lado, los Ministros también dan por buena la inclusión de una definición de transporte intermodal en la norma, pero incluyendo en estas operaciones aquellas que vinieran considerándose transporte combinado por la Directiva 92/106 así como otros supuestos hasta ahora no contemplados.