Fenadismer denuncia el «caos» de Italia con el salario mínimo
El año finaliza con una nueva noticia sobre lo que se ha convertido en un gran problema para los transportistas españoles que realizan transporte internacional: la puesta en marcha del salario mínimo en Italia. Fenadismer se ha mostrado indignada por la actuación “caótica” que se está llevando en dicho país para implantar una norma que fue aprobada el pasado mes de julio y que implica establecer en Italia una regulación similar a la aprobada por Francia y Alemania.
Para Fenadismer es “sorprendente el grado de desinformación y de incumplimiento reiterado de los plazos establecidos”, por ello a la asociación le recuerda más a una “república bananera” que no a la cuarta potencia que es de la Unión Europea. Un ejemplo de esta situación es el hecho de que el modelo de comunicación de desplazamiento, el que será obligatorio llevar a bordo del vehículo, y aunque la normativa de desarrollo del Decreto Legislativo preveía su publicación en el mes de agosto, ésta no se llevó a cabo finalmente hasta el pasado 27 de octubre, previéndose que su exigencia entrara en vigor este 26 de diciembre”.
La federación se alarma porque a fecha de hoy el Gobierno italiano sigue sin concretar el procedimiento para la aplicación de la nueva regulación sobre el salario mínimo en lo referente a la notificación del desplazamiento al Ministerio de Trabajo italiano. Según Fenadismer, tampoco se sabe la cuantía del salario mínimo que debe cubrirse, el ámbito de aplicación de la nueva regulación, ni la forma de designación del representante en territorio italiano a efectos de control del cumplimiento de la legislación laboral, “aspectos todos ellos que motivarán una queja formal de la federación “por la actuación tan deplorable que está llevando a cabo por parte del Gobierno italiano en este asunto”.
Entrará en vigor el 26 de enero
El último comunicado realizado por el Gobierno italiano complica un poco más la situación y “confunde” de nuevo a las empresas de transporte. Ahora el Ministerio de Trabajo italiano anuncia oficialmente que dicha regulación será de aplicación a partir del próximo 26 de enero, “lo que implica que su entrada en vigor ha sido retrasada ya en varias ocasiones”, asegura en un comunicado Fenadismer.
Además, el nuevo comunicado realizado por Italia implica otra importante novedad. Y es que, según la información recibida del Gobierno italiano, la nueva regulación solo se exigirá para la realización de transportes de cabotaje en territorio italiano, no en el caso de transportes internacionales.
Otros países
Pero la implantación del salario mínimo no sólo está causando problemas a los transportistas en Italia. En este momento Francia y Alemania tienen “medidas similares”, y en ambos casos también con una normativa “complicada de entender” e incluso contradictoria.
En el caso de Alemania recordar que se ha implantado un nuevo procedimiento, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de enero, por el que las empresas con sede en el extranjero pueden registrar a través de Internet a sus conductores desplazados para las operaciones que se realicen dentro del territorio alemán.
No es la única novedad. Alemania también ha decidido aumentar el salario mínimo unos “céntimos”. A partir de esa fecha, se abonará a los conductores desplazados un mínimo de 8,84 euros/hora, frente a los 8,5 euros/hora que se está abonando en la actualidad.
Por otro lado, las autoridades alemanas han establecido que la transmisión de los informes por fax –método que se utiliza actualmente–, sólo será posible hasta el 30 de junio de 2017, por lo que los formularios requeridos para el registro ya no estarán disponibles fuera de dicho portal. Según la Administración alemana, la nueva notificación proporcionará un portal de fácil uso que garantizará la cumplimentación de los formularios. De hecho, los formularios que se ofrecen en el portal de informes del salario mínimo estarán disponibles en alemán, inglés y francés.
En el caso de Francia, el tercer país en implantar el salario mínimo interprofesional, la última “novedad” es que se ha establecido a los conductores extranjeros que realizan transporte por carretera en 10,64 euros por hora. La norma francesa establece, además, que dicho salario mínimo se regirá por el recogido en el convenio colectivo general del transporte por carretera, negociado por las empresas francesas y los sindicatos del transporte. De esta forma, las empresas y los trabajadores extranjeros, los más afectados por la norma, no han tenido ni voz ni voto a la hora de implantar el salario mínimo.
Así lo ha denunciado recientemente José Manuel Pardo, director técnico de ASTIC, durante una intervención pública realizada en una jornada técnica organizada por Aeutransmer, Asociación Española de Cargadores y Usuarios del Transporte de Mercancías. Para ASTIC, no tiene sentido que “si las empresas extranjeras son las que tienen que abonar esos salarios, no participen en la negociación de dichos salarios. Pardo también opina que la aplicación del salario establecido en el convenio colectivo en lugar del salario mínimo interprofesional (SMIC) “es un tipo de fraude con un resultado muy negativo para las empresas españolas: el aumento de la cuantía del salario que sebe abonar”.